Novedades
Boletas de depósito manuales 
Se informa que que a partir del 10 de Noviembre de 2011 el Banco Nación no aceptará mas las boletas manuales para el depósito. En tal sentido, deberán instalar en sus máquinas el "Programa generador de boletas" el cual podrán descargar
desde aquí
Obligaciones para el comercio de la Ciudad de Buenos Aires 
Se informa que mediante la Ley 3.896, el Gobierno de la Ciudad modificó la Ley 2.696, incorporando la obligación, dentro del ámbito de la capital, que...
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Tips para el negocio 
Estimados Colegas:
Hemos extraído, de una publicación que recibimos habitualmente: "Professional Carwashing & Detailing", un artículo, referido a cuestiones relativas a nuestro negocio, que nos pareció muy oportuno compartir, ya que en la misma se expresa parte de la problemática que tenemos en la actividad, y que no sólo afecta a los establecimientos en nuestro país, sino también en los Estados Unidos. "Mal de muchos, consuelo de tontos", NO !!!, de ninguna manera, veamos como enfrentar el problema, veamos dentro de nuestros establecimientos, y tomemos las decisicones correctas.
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Desayuno de Trabajo del 22/06/11
Continuando con el ciclo de difusión de temas de interés para nuestros asociados, realizamos a un desayuno de trabajo en el que se trataron los siguientes temas:
• “ACUMAR, Seguro Ambiental e Inspecciones - Actualización a Junio 2011”
• “Algunos aspectos de la prevención de costos laborales evitables”.
Haga click aqui para ver el material de la charla
Incremento Salarial
Estimados colegas:
Informamos a Uds. que el día lunes 2 de mayo ppdo. hemos acordado con el Sindicato SOESGYPE, un incremento en los salarios de nuestro personal dependiente, acorde con la generalidad de estas negociaciones reales comparadas con las de otros gremios, aunque un poco inferior a las otras ramas del mismo Sindicato, y además sin incluir los $ 200.- que obtuvieran esas ramas a fines de 2010 y/o comienzos de 2011.
Dicho incremento es de un 30 % sobre los salarios vigentes al 30/04/2011, que regirán recién a partir de este mes de mayo, dividido en tres tramos del 10 % cada uno, a ser aplicados a partir de los meses de mayo, julio y setiembre, todos incorporables al básico como remunerativos. Asimismo los adicionales de Presentismo y Manejo de Fondos, siguen el mismo criterio.
Este acuerdo se formalizará en próximo lunes 9 de mayo en el Ministerio de Trabajo.
Acompañamos las nuevas planillas confeccionadas por el Sindicato.
Escala Salarial 2011-05
Escala Salarial 2011-07
Escala Salarial 2011-09
Presentación de Declaración Jurada Anual: Res. 316/05
En el archivo adjunto podrán consultar la Resolución 316/05. Presentación de Declaración Jurada Anual.
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SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO
Estimados Colegas:
La Superintendencia de Seguros de la Nación, ha emitido una nueva reglamentación, con relación al seguro de Vida Obligatorio instituido por el Decreto Nº 1567/74, cuya vigencia rige a partir del 1 de enero de 2011.
En el archivo adjunto podrán consultar la Resolución SSN Nº 35.333 correspondiente.
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IMPORTANTE MONOTRIBUTISTAS - Su exclusión del régimen
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo). Ley 24.977.
Exclusión. Recategorización de oficio, liquidación de la deuda resultante y aplicación
de sanciones. Su implementación. Más…
IMPORTANTE: Manipulación de alimentos
Señores Asociados :
Les informamos que en todos aquellos locales donde se expendan alimentos o bebidas
y tengan personal para hacerlo Más…
RESIDUOS PELIGROSOS
Solicitamos ampliación de plazo para recolección de barros. Más Info…
SINDICALES - Ultimo Momento
Se deja sin efecto la Resolución MTEySS Nº 1540/08 referida a la personería de UPPSABA. Más…
Panorama respecto del tema SOESGYPE vs UPPSABA
Conforme surge del documento adjunto, la controversia entre los sindicatos que se disputan la representación de nuestros trabajadores, ha tenido un vuelco a favor de SOESGyPE,
dejando sin efecto la personería gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo, para algunos partidos del Gran Buenos Aires.
Rogamos tenerlo en cuenta, para evitar inconvenientes en tal sentido. Ver…
Como completar correctamente los formularios de pago
Como completar en forma correcta cada uno de los distintos formularios de pago. Ahorrese tiempo. Ver…
Nuevo servicio de asesoramiento jurídico
Estimados Asociados:
Les comunicamos que a partir del 1 de junio, C.A.L.A.M.A. les ofrece un nuevo servicio jurídico a cargo del "Estudio Jurídico Dr. Leguizamón y Asociados", de reconocida trayectoria y experiencia en los campos laboral, civil y comercial. Más…
Nota Pyme Clarín CALAMA
Nuestra Cámara colaboró en una nota sobre nuestra actividad que fuera publicada en la Revista PYMES de Clarín del mes de junio ppdo.
Podrán acceder a su lectura aquí…
Consideraciones sobre el trabajo de familiares
Colaboración de nuestros asesores jurídicos. Ver…
Modificaciones al concepto de jornada reducida
Ley de Contrato de Trabajo. Contrato de trabajo a tiempo parcial.
Ley 20.744. Su modificación. Más…
Ingreso de Personal
¿Cuáles son los requisitos y pasos que se deben cumplir al tomar un nuevo empleado?. Más…
Las Vacaciones - Pautas Normativas
Con el objeto de colaborar en minimizar errores por parte del empleador en la
implementación de las vacaciones anuales del personal dependiente, les remitimos el
adjunto donde detallamos pautas normativas a las que el instituto deberá ajustarse
desde el punto de vista de la Ley de Contrato de Trabajo. Ver…
Inspecciones de AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos incorporó en su página web un nuevo
micrositio denominado
inspecciones donde los contribuyentes podrán conocer cuáles son sus derechos en caso de
una inspección y cómo actuar ante la misma. Ver…
Acciones por carritos lavadores - Comenzamos una campaña
Seguros Automotor
El Art. 4.- inc g) de la Res. S.S.N. Nº 34225 (que obliga a las compañías de seguro a entregar al asegurado un comprobante que acredite la contratación del seguro) dice textualmente:
g) Nota: la posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el art. 68 de la Ley 24.449. Conforme el art. 2 de la Disp. 70/09 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo no podrá ser aducida por la autoridad de constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.
Para consultar la norma completa abra el archivo adjunto, imprimalo y entréguelo a sus clientes. Ver…
Nota a AySA.
